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Saben por qué en golpe civico-militar de 1976 implementaron los vuelos de la muerte?

Porque a esos queridos luchadores NO lograron hacerlos REPTAR, como a esas sucias mujeres oligarcas y golpistas.

Update:

No miento fifadita, lo que pasa es que tus papis no vieron nada porque estaban rebolcandose con Censura? y paradise estaba de almohada.

Update 2:

Si un puerco, un gusano o una rata aplaudieran mi intelecto, ahí si me preocuparía!

Update 3:

Tenés razón Susami siempre fueron unos cobardes y a lo que más le temen es a las ideas. Fijate si serán cobardes que no pueden afrontar con un mínimo de dignidad los juicios a los que son sometidos.

9 Answers

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  • martha
    Lv 7
    1 decade ago
    Favorite Answer

    Tenès razòn amiga, yo te agrego que no los hicieron reptar como a esas sucias mujeres oligarcas y golpistas ni como los amigos de esas mujeres. Dan asco por Dios. Tendràn hijos??? En què basural habràn nacido esas perras!!!

  • Anonymous
    1 decade ago

    Fifita recorda que estas manteniendo contacto con subversivos rencorosos y resentidos sin 2 dedos de frente no te preocupes

    El decreto "S" N° 261/75

    VISTO:

    Las actividades que elementos subversivos desarrollan en la Provincia de Tucumán y la necesidad de adoptar medidas adecuadas para su erradicación:

    LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

    en Acuerdo General de Ministros

    DECRETA:

    Artículo 1°: El Comando General del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actúan en la Provincia de Tucumán.

    Artículo 2°: El Ministerio del Interior pondrá a disposición y bajo control operacional del Comando General del Ejército los efectivos y medios de la Policía Federal que le sean requeridos a través del Ministerio de Defensa , para su empleo en las operaciones a que se hace referencia en el artículo 1°.

    Artículo 3°: El Ministerio del Interiror requerirá al Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán que proporcione y coloque bajo control operacional el personal y los medios policiales que le sean solicitados por el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), para su empleo en las operaciones precitadas.

    Artículo 4°: El Ministerio de Defensa adoptará las medidas pertinentes a efectos de que los Comandos Generales de la Armada y la Fuerza Aérea presten a requerimiento del Comando General del Ejército el apoyo necesario de empleo de medios para las operaciones.

    Artículo 5°: El Ministerio de Bienestar Social desarrollará, en Coordinación con el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), las operaciones de acción cívica que sean necesarias sobre la población afectada por las operaciones militares.

    Artículo 6°: La Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación desarrollará a indicación del Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), las operaciones de acción sicológica concurrentes que le sean requeridas.

    Artículo 7°: El gasto que demande el cumplimiento de la misión encomendada por el presente Decreto hasta la suma de pesos CUARENTA MILLONES será incorporado a la Jurisdicción 46, Comando General del Ejército, correspondiente al Presupuesto del año 1975.

    Artículo 8°:Las disposiciones del presente decreto rigen a partir de la fecha.

    Artículo 9:Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.

    (Hay un sello que dice: Decreto "S" N° 261/75*)

    FIRMADO:

    María Estela de Perón - Presidente de la Nación

    Alberto L. Rocamora - Ministro del Interior e interino de Justicia.

    Oscar Ivanissevich: Ministro de Educación

    Alberto J. Vignes: Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

    Adolfo M. Savino: Ministro de Defensa

    José López Rega: Ministro de Bienestar Social

    Alfredo Gómez Morales: Ministro de Economía

    Ricardo Otero: Ministro de Trabajo

    somos maravillosos para hechar culpas a otros

    Decreto 2770 del 6 de octubre de 1975

    Decretos de aniquilamiento

    Consejo de Seguridad interna - Constitución - Competencia

    Fecha: 6 de octubre de 1975.

    Publicación: Boletín Oficial, 4 de Noviembre de 1975

    Visto la necesidad de enfrentar la actividad de elementos subversivos que con su accionar vienen alterando la paz y la tranquilidad del país, cuya salvaguardia es responsabilidad del gobierno y de todos los sectores de la Nación, y

    Considerando: Lo propuesto por los señores ministros del Interior, de Relaciones Exteriores y Culto, de Justicia, de Defensa, de Economía, de Cultura y Educación, de Trabajo y de Bienestar Social, el presidente provisional del Senado de la Nación en Ejercicio del Poder Ejecutivo en acuerdo general de ministros, decreta:

    Art. 1°-- Constitúyese el Consejo de Seguridad Interna que estará presidido por el Presidente de la Nación y será integrado por todos los ministros del Poder Ejecutivo nacional y los señores comandantes generales de las Fuerzas Armadas. El Presidente de la Nación adoptará, en todos los casos las resoluciones en los actos que originen su funcionamiento.

    Art. 2°-- Compete al Consejo de Seguridad interna:

    a) La dirección de los esfuerzos nacionales para la lucha contra la subversión;

    b) La ejecución de toda tarea que en orden a ello el Presidente de la Nación le imponga.

    Art. 3°-- El Consejo de Defensa, presidido por el ministro de Defensa e integrado por los comandantes generales de las Fuerzas Armadas, además de las atribuciones que le confiere el art. 13 de la ley 20.524, tendrá las siguientes:

    a) Asesorar al Presidente de la Nación en todo lo concerniente a la lucha contra la subversión;

    b) Proponer al Presidente de la Nación las medidas necesarias a adoptar en los distintos ámbitos del quehacer nacional para la lucha contra la subversión.

    c) Coordinar con las autoridades nacionales, provinciales y municipales, la ejecución de medidas de interés para la lucha contra la subversión;

    d) Conducir la lucha contra todos los aspectos y acciones de la subversión;

    e) Planear y conducir el empleo de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad y fuerzas policiales para la lucha contra la subversión.

    Art. 4°-- La Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación y la Secretaría de Informaciones de Estado quedan funcionalmente afectadas al Consejo de Defensa, a los fines de la lucha contra la subversión, debiendo cumplir las directivas y requerimientos que en tal sentido les imparta el referido Consejo

    Art. 5°-- La Policía Federal y el Servicio Penitenciario Nacional quedan subordinados, a los mismos fines al Consejo de Defensa.

    Art. 6°-- El Estado Mayor Conjunto sin perjuicio de las funciones que le asigna la reglamentación del dec.-ley 16.970/66, a los fines del presente decreto, tendrá como misión asistir al Consejo de Defensa en lo concerniente al ejercicio de las atribuciones que en él se le asignan.

    Art. 7°-- El Ministerio de Economía proveerá los fondos necesarios para el cumplimiento del presente decreto.

    Art. 8°-- Comuníquese, etc. --Luder. -- Aráuz Castex. -- Vottero. -- Emery. -- Ruckauf. -- Cafiero. -- Robledo.

    Source(s): encima el golpe civico fue pedido por el partido justicialista al igual q la orden de exterminio firmadas por decretos por el poder ejecutivo informacion obtenida del boletin oficial
  • Anonymous
    1 decade ago

    Porque tenian miedo de no tenernos mas de esclavos, cuando los pueblos se den cuenta del manejo de los neoliberales y capitalistas, al fin el socialismo triunfara, ellos tienen mucho miedo.

    Y al censurado le digo si sabiamos, y me honro de ser una sobreviviente, jamas actue con violencia, no se aun lo que es tener un arma en la mano, sin embargo muchos de mis compañeros murieron por sus ideas, que justamente era la de tener una patria justa para todos,

    Ademas preguntale a los chicos de la noche de los lapices si sabian donde se estaban metiendo.

  • 1 decade ago

    de que hablas y en donde?

  • 1 decade ago

    Por que las FF AA tenian aviones y sabian volarlos, en cambio los politicos nos matan en tierra mientras ellos vuelan alto.

  • 1 decade ago

    Por eso habia sido : " Porque a esos queridos luchadores NO lograron hacerlos REPTAR, como a esas sucias mujeres oligarcas y golpistas"

    Que barbaro ! que prognosis de la historia, que relato y fino analisis. La verdad quede consternado y muy emocionado !.-

    EDITO: Prefiero ser almohada , a que me acuesten tan facil y burdamente como a vos !!! jajajaja ....sigue tu profundo analisis : "almohada" , eso te enseñaron en la Universidad ??? , como me rio de los cyberñokis , la falta de informacion e ignorancia de los hechos, dan la pauta de la clase de "gente" que son ( el titulo "persona" te queda muy grande) , y demuestran a todas luces , la carencia de intelecto , entre otros defectos mas.-

  • Anonymous
    1 decade ago

    Es la teoría del mal menor , era necesario aniquilar a la subversión para que no se ramificara y hubiera peores consecuencias .

    cabe aclarar que eso jóvenes luchadores sabían muy bien lo que hacían y las consecuencias que eso podía traer las aceptaron y les fue como les fue , tomaros su decisión .

    buenas noches

    Los invito a participar de mi reflexión

    http://ar.answers.yahoo.com/question/index;_ylt=As...

  • 1 decade ago

    Mis viejos me acaban de decir que eso es mentira que esos

    tipos no eran luchadores por la patria por que mataban

    por odio a los argentinos y fueron agarrados por sus

    asesinatos

    che porque mentis

  • 1 decade ago

    Siiii Marta.Es así.

    Zohrap

    Fifita.¿No te dijeron también que te trajo una cigüeña de parís y te dejó dentro de un repollo?Mirá que es mentira eh!!!

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