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En una sentencia de amparo, ¿se puede sobreseer y además amparar "para efectos"?

Si el Juez de Distrito consideró que existía una causal de improcedencia (la no afectación de los intereses jurídicos del quejoso) y por ende resuelve sobreseer el juicio de amparo, ¿es posible que aun así pueda en un segundo resolutivo "amparar y proteger dejando sin efectos el embargo" (que fue el acto reclamado)?

Update:

Gracias por contestar, efectivamente resulta extraño lo resuelto por el juez, lo que pasa es que aun no tengo las copias de la resolución, pero quiero irme preparando por si es necesario impugnar la sentencia de amparo. Si tienen alguna información adicional les agradecería enviarla a la siguiente dirección: rojascesar2000@yahoo.com.mx. Gracias, saludos.

6 Answers

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  • 1 decade ago
    Favorite Answer

    Para empezar analicemos lo que es la improcedencia o la no procedencia de una demanda de Amparo; recordemos que la improcedencia del Amparo es una institución jurídica por virtud de la cual el Juez Federal se encuentra imposibilitado para determinar si el acto reclamado por el quejoso es constitucional o inconstitucional. En al artículo 73 de la Ley de Amparo se contemplan las diversas hipótesis de improcedencia. Es algo que se debe de estudiar desde el inicio del estudio de la demanda que presenta el quejoso; ahora bien, si con posterioridad encuentra alguna causal de improcedencia, debe de sobreseer el jucio de Amparo. Ello, confirma que el Juez Federal tiene que dar por terminado el Juicio de Amparo sin hacer alguna declaración sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del Acto reclamado, por no poder estudiado el fondo del negocio.

    Por lo tanto un sobreseimiento de un Juicio de Amparo, equivaldría a haberlo admitido por error, pero no puede decidir sobre el.

    Es como si no se hubiera presentado.

  • 1 decade ago

    lo que pasa es que en la demanda mencionaste dos actos reclamados y por lo tanto dos motivos de amparo, lo mas seguro es que lo sobreseió en cuanto a uno y concedió el amparo en cuanto al otro , por lo que expones la resolución principal se basó en cuanto al embargo, dejando al ejecutor en posibilidad de ejercer su derecho

  • IUS
    Lv 4
    1 decade ago

    SI ES POSIBLE. RECUERDA QUE EL JUEZ ESTA OBLIGADO A APRECIAR EL ACTO RECLAMADO TAL COMO APAREZCA PROBADO ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, POR LO QUE SEGURAMENTE EL SENTIDO DE LA SENTENCIA QUE REFIERES SE DEBE A LA FORMA EN QUE PLANTEASTE EL ACTO RECLAMADO. QUIZA PUEDA DEBERSE A ALGUNA CUESTION DE FORMA EN EL MOMENTO DE HACER EL REQUERIMIENTO DE EMBARGO Y QUE SE PROBÓ CON LAS CONSTANCIAS EXHIBIDAS POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE. UN EJEMPLO PODRÍA SER QUE SI EXHIBISTE CONSTANCIAS PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD POR UN TERCERO DEL BIEN EMBARGADO, SEGURAMENTE NO LAS CONSIDERÓ EL JUEZ IDÓNEAS Y POR ESO SOBRESEYÓ POR NO AFECTAR EL INTERÉS JURÍDICO, PERO AL REVISAR LA CUESTIÓN DE DEFECTO EN EL REQUERIMIENTO AMPARÓ PARA DEJAR SIN EFECTOS EL EMBARGO. (PIENSO UN EJEMPLO DE ESTO, SI EL CODIGO OBLIGA A DEJAR UN PREVIO CITATORIO Y NO SE HIZO DE ESTA MANERA, PUES TE CAUSAN ACTOS DE MOLESTIA A TI, YA QUE PARA PODER EFECTUAR UN REQUERIMIENTO DEBEN CUMPLIR PREVIAMENTE CON ESA FORMALIDAD. SI NO LO HACEN, ESTÁ LEGITIMADA CUALQUIER PERSONA QUE ATIENDA LA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO PARA PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO). EN FIN. TODO ESO SON ESPECULACIONES, PUES NO CONOZCO TU DEMANDA DE AMPARO. SUERTE.

  • 1 decade ago

    En efecto, es posible que se sobresea en parte respecto a determinadas autoridades (por ejemplo en que caso de alguna autoridad haya negado el acto reclamado y no se aportó prueba alguna para demostrar lo contrario); y en este supuesto es dable conceder el amparo respecto a las autoridades que si admitieron la existencia del acto reclamado.

    saludos.

    Source(s): soy abogado
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  • Anonymous
    1 decade ago

    En vez de echarte un chorototote, estoy de acuerdo con Carolus Magnus, xq está muy raro que si el quejoso carece de interés jurídico, el juez haya entrado al estudio del fondo del asunto.

    No soy muy buena con la compu, pero si me mandas tu mail, te puedo enviar una jurisprudencia con la que tiras casi cualquier amparo si no tiene interés.

  • 1 decade ago

    Tu respuesta no es muy clara, y obviamente para dar una respuesta acertada tendríamos que ver la demanda de amparo y como enderezaste el acto reclamado y los conceptos de violación. En algunos casos es posible jurídicamente que el Juez Federal te sobresea respecto de algunos actos reclamados pero te conceda el amparo por otros; el problema está en que dices que te sobreseyó por falta de interés jurídico es decir el acto reclamado no afectó a tu cliente; entonces he ahí el problema porque entonces debió de haber sobreseído el juicio sin que hubiera entrado al estudio del fondo del asunto. Es necesario que revises la sentencia y veas en los considerandos porqué hizo lo que hizo.

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