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López Obrador ¿ha violado las leyes? ¿por qué?
Quisiera saber qué piensan. Si López Obrador ha violado las leyes, ¿qué leyes ha violado? ¿qué castigo merece? ¿por qué?
7 Answers
- Anonymous1 decade agoFavorite Answer
Mira, esta de moda esto, hablemos pues,
para empezar ¿cuales leyes?
si tu te robas un pan en un super, por ejemplo, te vas al bote, ok, y si no tienes para pagar un abogado, y ahi mas o menos te avientas unos meses guardada, ah, pero si te robas unos miilones de dolares, pues nadie te hace nada, ejemplo: los hijos de martita, ahora bien, si te pones a construir una calle para un hospital (si ya se me la van a mentar pero ni modo es la verdad) te quieren meter al bote, increible verdad, es politica claro (a la mexicana) ahora, te puede robar unos millones de dolares de pemex para un candidato del pri (labastida por ejemplo) y no pasa nada, ni desafuero ni juicio nada, ademas ya son senadores (antes eran diputados, ejemp. romero deschamps y el otro mondrigo que en este momento no me acuerdo de su nombre) en fin que te parece.
ahora en México, muchos quebrantan la ley, sobre todo ricos y politicos, y no les pasa nada. Si efectivamente Obrado ha violado la ley, que se le castigue, pero, ¿por que a los demas no?
aahh, que tal el sr. este, el norberto rivera, que tal, esta bien documentado como tapo al saCERDOte pederasta, y ahora dice que no (proceso.com.mx), y es increible como mucha gente le cree (ignorancia por supuesto). en fin aqui termino, pero si quieres una lista mas completa, te la doy, es eeeenoooormeeee.
saludos y un abrazo respetuoso
- 1 decade ago
Coincido, tu pregunta viene tarde. A pesar de eso, sí AMLO violó no solo la Constitución, sino varias leyes, entre ellas algunos bandos del DF y el Código Penal Federal:
Sedición
Artículo 130.- Se aplicará la pena de seis meses a ocho años de prisión y multa hasta de diez mil pesos, a los que en forma tumultuaria sin uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones con alguna de las finalidades a que se refiere el artículo 132**.
A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de sedición, se les aplicará la pena de cinco a quince años de prisión y multa hasta de veinte mil pesos.
CAPITULO IV
Motín
Artículo 131.- Se aplicará la pena de seis meses a siete años de prisión y multa hasta de cinco mil pesos, a quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación.
A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, se les aplicará la pena de dos a diez años de prisión y multa hasta de quince mil pesos.
**Artículo 132.- Se aplicará la pena de dos a veinte años de prisión y multa de cinco mil a cincuenta mil pesos a los que, no siendo militares en ejercicio, con violencia y uso de armas traten de:
I.- Abolir o reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II.- Reformar, destruir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la Federación, o su libre ejercicio; y
III.- Separar o impedir el desempeño de su cargo a alguno de los altos funcionarios de la Federación mencionados en el artículo 2o. de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados.
CAPITULO VII
Sabotaje
Artículo 140.- Se impondrá pena de dos a veinte años de prisión y multa de mil a cincuenta mil pesos, al que dañe, destruya o ilícitamente entorpezca vías de comunicación, servicios públicos, funciones de las dependencias del Estado, organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal o sus instalaciones; plantas siderúrgicas, eléctricas o de las industrias básicas; centros de producción o distribución de artículos de consumo necesarios de armas, municiones o implementos bélicos, con el fin de trastornar la vida económica del país o afectar su capacidad de defensa.
Se aplicará pena de seis meses a cinco años de prisión y multa hasta de cinco mil pesos, al que teniendo conocimiento de las actividades de un saboteador y de su identidad, no lo haga saber a las autoridades.
CAPITULO VIII
Conspiración
Artículo 141.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y multa hasta de diez mil pesos a quienes resuelvan de concierto cometer uno o varios de los delitos del presente Título y acuerden los medios de llevar a cabo su determinación.
NO HACE FALTA UNA EXPLICACIÓN....O SI?
- Anonymous1 decade ago
Pués porque es un V i o l a d o r !!
Que miedo ! "Elpejelagartoviolador!!!
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- 1 decade ago
si violo a salinas que no viole a su madre , a webo
Source(s): te mando un beso - 1 decade ago
bueno el mismo implanto una ley cuando era jefe de gobierno la cual era que nadie podia invadir vias importantes de la ciudad y mucho menos bloquearlas y resulta que cerro reforma por sus propios calzones, eso es violar una ley y sobre todo una hecha por el que absurdo no? ademas de que realizaron daños a vias publicas pues hicieron hoyos en el pavimento y dañaron jardines, yo le cobraria todos los gastos de reparacion
- 1 decade ago
siento que tu pregunta la haces demasiado tarde, ahorita ya casi nadie habla de el, y si viola la ley mas importante, que es la del derecho de libre eleccion y el querer aferrarse a algo imposible y dudar de todo "su pueblo"